Reformas al Código Penal en Materia de Feminicidio


El Gobierno del Estado, tiene registrados 56 feminicidios entre 2013 y 2018 siendo víctimas mujeres entre los 18 y 21 años. 2018 es el año más mortífero para las mujeres en Zacatecas ya que se contabilizan 15 casos, mientras que en 2017 fueron 14 y en 2016 13. Estas cifras detallan el fracaso en las políticas implementadas por el gobierno estatal para hacer frente a este fenómeno que vulnera y viola los derechos de las mujeres zacatecanas. A nivel municipal, Fresnillo ocupa el tercer lugar a nivel federal con una tasa de 1.69 feminicidios por cada 100 habitantes, 5 de cada 10 denuncias registradas en el Sistema de Emergencias 911 son relacionadas con la violencia en contra de las mujeres, lo que representa que el 50 por ciento de las llamadas tengan que ver con este fenómeno, lo que a su vez demuestra la falta de una política integral que fomente el respeto a los derechos de las mujeres.

Lo anterior fue dado a conocer por el diputado Héctor Adrián Menchaca Medrano, quien a fin hacer las adecuaciones necesarias al Código Penal para el Estado de Zacatecas, con el objetivo de homologar el marco jurídico de la entidad con el Federal, y atender a cabalidad el delito de feminicidios, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que propone reformar el Artículo 309 Bis del Código Penal para el Estado de Zacatecas.

Lareforma propuesta al artículo 309 Bis del Código Penal para el Estado de Zacatecas, es con el fin de homologar la tipificación del delito de feminicidio con el Código Penal Federal, por considerar que el no reconocer la gravedad de este delito, implica vulnerar los derechos humanos de las mujeres en Zacatecas; el hacerlo significaría un gran avance para la protección de este sector ya que facilitaría el acceso a la justicia para todas aquellas víctimas de este crimen.

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Entre las propuestas que se hacen con la reforma, se encuentra establecer que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrá pena de prisión de cinco a diez años y de quinientos a mil quinientos días de multa, además será destituido e inhabilitado de cinco a doce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

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