Privilegiando el interés superior del menor y buscando las mejores condiciones para su correcto y sano desarrollo, el diputado José María González Nava, presentó una Iniciativa mediante la cual propone adicionar un párrafo tercero al artículo 31 y se reforma la fracción I del artículo 237 del Código Penal del Estado de Zacatecas; con lo anterior se pretende además armonizar la norma local con el Código Penal Federal.

El objetivo es establecer que en aquellos delitos cometidos en contra de la integridad sexual de las personas y la familia, el Juez no podrá absolver al pago de la reparación del daño y el ministerio público vigilará en el caso de mecanismos alternativos de solución de controversias, sea otorgada en favor de las víctimas.

Además se establece que se equipara con violación y se sancionará con la misma pena: al que sin violencia realice cópula con persona menor de quince años de edad; en este caso la sanción será de ocho a treinta años de prisión y multa de cuarenta a doscientas cuotas.
